La entidad informó que las solicitudes de corrección presentadas dentro del plazo establecido para formular observaciones al cargue preliminar fueron revisadas y ajustadas cuando cumplieron los requisitos exigidos.
Las empresas que remitieron contratos o correcciones después del 11 de septiembre de 2026 deberán consultar los listados publicados y verificar si los vehículos fueron cargados o presentan alguna novedad.
Consulta por placa o NIT
Las empresas transportadoras y las terminales de transporte pueden verificar los vehículos aprobados y activos para esta temporada mediante el número de placa o el NIT de la empresa. También pueden consultar los archivos publicados por la Superintendencia.
Verificación documental obligatoria
La inclusión de un vehículo en el listado no reemplaza la obligación de verificar que cuente con los documentos requeridos para operar.
Antes y durante la temporada, las empresas transportadoras deberán garantizar la vigencia de:
- Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito —SOAT—.
- Revisión Técnico-Mecánica y de Emisiones Contaminantes —RTM—.
- Tarjeta de operación.
Algunos vehículos pueden registrar anotaciones debido a que alguno de estos documentos presuntamente vence antes o durante la temporada alta.
CONALTER recomienda a las terminales consultar oportunamente los listados, verificar la información por placa o NIT y coordinar con las empresas transportadoras la revisión documental de los vehículos que prestarán el servicio durante la semana de receso.
Esta verificación es fundamental para fortalecer la seguridad operacional, prevenir novedades en los despachos y garantizar una adecuada atención a los usuarios durante el periodo de mayor movilización.
